+Artículo 46 Familiares y personas reconocidas como allegados de personas del medio político

Artículo 46 Familiares y personas reconocidas como allegados de personas del medio político

Artículo 46

Familiares y personas reconocidas como allegados de personas del medio político

Las medidas contempladas en los artículos 42, 44 y 45 también serán aplicables a los familiares o a las personas reconocidas como allegados de las personas del medio político.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito