+Artículo 325quinquies Definiciones

Artículo 325quinquies Definiciones

Artículo 325 quinquies

Definiciones

A efectos del presente capítulo, se entenderá por:

1)

«Clase de riesgo» :

una de las siete categorías siguientes:

i) 

riesgo general de tipo de interés,

ii) 

riesgo de diferencial de crédito de instrumentos distintos de titulizaciones,

iii) 

riesgo de diferencial de crédito para titulizaciones distintas de cartera de negociación con correlación alternativa,

iv) 

riesgo de diferencial de crédito para titulizaciones de cartera de negociación con correlación alternativa,

v) 

riesgo de renta variable,

vi) 

riesgo de materias primas,

vii) 

riesgo de tipo de cambio.

2)

«Sensibilidad» : la variación relativa del valor de una posición como consecuencia de una variación del valor de uno de los factores de riesgo pertinentes de la posición, calculado mediante el modelo de valoración de la entidad de conformidad con la subsección 2 de la sección 3.

3)

«Segmento» : una subcategoría de posiciones dentro de una clase de riesgo con un perfil de riesgo similar, a la que se asigna una ponderación de riesgo con arreglo a lo definido en la sección 3, subsección 1.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito