+Artículo 519quinquies Marco de suelos de los descuentos mínimos para las operaciones de financiación de valores
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Artículo 519quinquies Marco de suelos de los descuentos mínimos para las operaciones de financiación de valores
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1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 519quinquies 1.
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La ABE, en estrecha cooperación con la AEVM, presentará a la Comisión, a más tardar el 10 de enero de 2027, un informe sobre la idoneidad de hacer efectivo en el Derecho de la Unión el marco de suelos de los descuentos mínimos aplicable a las operaciones de financiación de valores para hacer frente a la posible acumulación de apalancamiento fuera del sector bancario.
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Artículo 519quinquies 2.
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El informe al que se refiere el apartado 1 tendrá en cuenta todos los elementos siguientes:
a)
el grado de apalancamiento fuera del sistema bancario de la Unión y la medida en que el marco de suelos de los descuentos mínimos podría reducir dicho apalancamiento si llegara a ser excesivo;
b)
la significatividad de las operaciones de financiación de valores mantenidas por las entidades de la Unión sujetas al marco de suelos de los descuentos mínimos, incluido el desglose de las operaciones de financiación de valores que no cumplan los suelos de los descuentos mínimos;
c)
la repercusión estimada del marco de suelos de los descuentos mínimos para las entidades de la Unión con arreglo a los dos métodos de aplicación recomendados por el Consejo de Estabilidad Financiera, es decir, una regulación del mercado o un requisito de fondos propios más riguroso en virtud del presente Reglamento, según la hipótesis de que las entidades de la Unión no ajustaran sus operaciones de financiación de valores para cumplir los suelos de los descuentos mínimos, y la repercusión estimada del marco de suelos de los descuentos mínimos en una hipótesis alternativa de que las entidades de la Unión ajustaran dichos descuentos para cumplir los suelos de los descuentos mínimos;
d)
los principales factores determinantes de esas repercusiones estimadas, así como las posibles consecuencias no deseadas de la introducción del marco de suelos de los descuentos mínimos para el funcionamiento de los mercados de operaciones de financiación de valores de la Unión;
e)
el método de aplicación que sería más eficaz para alcanzar los objetivos de regulación del marco de suelos de los descuentos mínimos, a la luz de las consideraciones a que se refieren las letras a) a d) y teniendo en cuenta la igualdad de condiciones en todo el sector financiero de la Unión.
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Artículo 519quinquies 3.
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Sobre la base del informe a que se refiere el apartado 1, y teniendo debidamente en cuenta la recomendación del Consejo de Estabilidad Financiera de hacer efectivo el marco de suelos de los descuentos mínimos para las operaciones de financiación de valores, así como las normas conexas acordadas internacionalmente y elaboradas por el CSBB, la Comisión presentará, cuando proceda, una propuesta legislativa al Parlamento Europeo y al Consejo a más tardar el 10 de enero de 2028.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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