+Artículo 38 Obligación de información de las autoridades notificantes
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Artículo 38 Obligación de información de las autoridades notificantes

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1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 38 1.
Los Estados miembros informarán a la Comisión de sus procedimientos de evaluación y notificación de organismos de evaluación de la conformidad y de supervisión de los organismos notificados, así como de cualquier cambio en estos.
Artículo 38 2.
La Comisión hará pública la información a que se refiere el apartado 1.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito