+Artículo 40 Presunción de conformidad de los organismos notificados

Artículo 40 Presunción de conformidad de los organismos notificados

Artículo 40

Presunción de conformidad de los organismos notificados

Si un organismo de evaluación de la conformidad demuestra su conformidad con los criterios establecidos en las normas armonizadas pertinentes, o partes de ellas, cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, se presumirá que cumple los requisitos establecidos en el artículo 39 en la medida en que las normas armonizadas aplicables cubran estos requisitos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito