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Artículo 27 Cooperación entre las autoridades competentesArtículo 27 Cooperación entre las autoridades competentes El intercambio de información entre las autoridades competentes y con las autoridades pertinentes de terceros países con arreglo al presente Reglamento se regirá por la Directiva (UE) 2015/849. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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