+Artículo 37 3.
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Artículo 37 3.
Los Estados miembros exigirán que los proveedores de servicios de pago que ejerzan alguna de las actividades contempladas en el artículo 3, letra l), envíen a las autoridades competentes una notificación y un dictamen anual de auditoría que certifique que tal actividad se ajusta a los límites indicados en el artículo 3, letra l).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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