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+Artículo 38 2. |
Artículo 38 2.Los Estados miembros podrán aplicar las disposiciones del presente título a las microempresas de la misma forma que a los consumidores.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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