+Artículo 10bis Aplicación de requisitos prudenciales en base consolidada cuando las empresas de servicios de inversión sean empresas matrices

Artículo 10bis Aplicación de requisitos prudenciales en base consolidada cuando las empresas de servicios de inversión sean empresas matrices

Artículo 10 bis

Aplicación de requisitos prudenciales en base consolidada cuando las empresas de servicios de inversión sean empresas matrices

A efectos del presente capítulo, las empresas de servicios de inversión y las sociedades de cartera de inversión se considerarán sociedades financieras de cartera matrices de un Estado miembro o sociedades financieras de cartera matrices de la UE cuando dichas empresas de servicios de inversión o sociedades de cartera de inversión sean empresas matrices de una entidad o de una empresa de servicios de inversión sujeta al presente Reglamento a que hace referencia el artículo 1, apartados 2 o 5, del Reglamento (UE) 2019/2033.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito