+Artículo 18 8.

Artículo 18 8.

►M17  Las autoridades competentes podrán exigir la plena consolidación o la consolidación proporcional de una filial o una empresa en la que una entidad posea una participación, cuando esa filial o esa empresa no sea una entidad o una entidad financiera y cuando se cumplan todas las condiciones siguientes: ◄

a) 

que la empresa no sea una empresa de seguros, una empresa de seguros de un tercer país, una empresa de reaseguros, una empresa de reaseguros de un tercer país, una sociedad de cartera de seguros o una empresa excluida del ámbito de aplicación de la Directiva 2009/138/CE, de conformidad con el artículo 4 de dicha Directiva;

b) 

que exista un riesgo sustancial de que la entidad decida prestar apoyo financiero a dicha empresa en condiciones de tensión, en ausencia o por encima de cualquier obligación contractual de prestar dicho apoyo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito