+Artículo 24 2.

Artículo 24 2.

No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes podrán solicitar a las entidades que realicen una valoración de activos y de partidas fuera de balance y una determinación de fondos propios con arreglo a las Normas Internacionales de Contabilidad aplicables con arreglo al Reglamento (CE) no 1606/2002.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito