+Artículo 247 4.
|
Artículo 247 4.
Salvo que una posición de titulización se deduzca de los elementos del capital de nivel 1 ordinario en virtud del artículo 36, apartado 1, letra k), el importe de la exposición ponderada por riesgo se incluirá en el total de los importes de las exposiciones ponderadas por riesgo de la entidad a efectos del artículo 92, apartado 3.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|