+Artículo 255 4.
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Artículo 255 4.
Las entidades podrán calcular el KIRB en relación con las exposiciones subyacentes de la titulización conforme a las disposiciones establecidas en el capítulo 3 cuando realicen el cálculo de los requisitos de capital correspondientes a los derechos de cobro adquiridos. A estos efectos, las exposiciones minoristas se tratarán como derechos de cobro adquiridos frente a minoristas, y las exposiciones no minoristas como derechos de cobro adquiridos frente a empresas.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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