+Artículo 255 4.

Artículo 255 4.

Las entidades podrán calcular el KIRB en relación con las exposiciones subyacentes de la titulización conforme a las disposiciones establecidas en el capítulo 3 cuando realicen el cálculo de los requisitos de capital correspondientes a los derechos de cobro adquiridos. A estos efectos, las exposiciones minoristas se tratarán como derechos de cobro adquiridos frente a minoristas, y las exposiciones no minoristas como derechos de cobro adquiridos frente a empresas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito