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+Artículo 267 4. |
Artículo 267 4.Cuando la ponderación de riesgo máxima calculada de acuerdo con el apartado 1 sea menor que las ponderaciones de riesgo mínimas establecidas en los artículos 259 a 264, según el caso, se utilizará la primera.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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