+Artículo 267 Ponderación de riesgo máxima para posiciones de titulización preferentes: enfoque de transparencia
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Artículo 267 Ponderación de riesgo máxima para posiciones de titulización preferentes: enfoque de transparencia

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1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 267 1.
Las entidades que tengan conocimiento en todo momento de la composición de las exposiciones subyacentes podrán asignar a la posición de titulización preferente una ponderación de riesgo máxima igual a la ponderación de riesgo media ponderada por exposición que se aplicaría a las exposiciones subyacentes si estas no se hubieran titulizado.
Artículo 267 2.
En el caso de los conjuntos de exposiciones subyacentes con los cuales la entidad utilice exclusivamente el método estándar o el método IRB, la ponderación de riesgo máxima de la posición de titulización preferente será igual a la ponderación de riesgo media ponderada por exposición que se aplicaría a las exposiciones subyacentes en virtud del capítulo 2 o del capítulo 3, respectivamente, como si no se hubiesen titulizado.

En el caso de los conjuntos mixtos, la ponderación de riesgo máxima se calculará como sigue:

a) 

cuando la entidad aplique el método SEC-IRBA, se asignarán a la parte del método estándar y a la parte del método IRB del conjunto subyacente las ponderaciones de riesgo del método estándar y del método IRB, respectivamente;

b) 

cuando la entidad aplique el método SEC-SA o el método SEC-ERBA, la ponderación de riesgo máxima de las posiciones de titulización preferentes será igual a la ponderación de riesgo media ponderada según el método estándar de las exposiciones subyacentes.

Artículo 267 3.

A efectos del presente artículo, la ponderación de riesgo que sería aplicable según el método IRB de conformidad con lo dispuesto en el capítulo 3 incluirá el cociente entre:

a) 

las pérdidas esperadas multiplicadas por 12,5, y

b) 

el valor de exposición de las exposiciones subyacentes.

Artículo 267 4.
Cuando la ponderación de riesgo máxima calculada de acuerdo con el apartado 1 sea menor que las ponderaciones de riesgo mínimas establecidas en los artículos 259 a 264, según el caso, se utilizará la primera.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito