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+Artículo 300 Definiciones |
Artículo 300 DefinicionesArtículo 300 Definiciones A efectos de la presente sección y de la parte séptima, se entiende por:
1)
«Inmune a la quiebra» (bankruptcy remote) referido a activos de clientes, el hecho de que existan mecanismos efectivos que garanticen la indisponibilidad de los activos para los acreedores de una entidad de contrapartida central (ECC) o de un miembro compensador en caso de insolvencia de esa ECC o ese miembro compensador, respectivamente, o el hecho de que los activos no vayan a estar a disposición del miembro compensador para cubrir las pérdidas que hayan afrontado como consecuencia del impago de uno o varios clientes distintos de los que proporcionaron dichos activos.
2)
«Operación vinculada a una ECC»: cualquier contrato u operación de los enumerados en el artículo 301, apartado 1, entre un cliente y un miembro compensador que esté directamente vinculada a un contrato u operación de los enumerados en dicho apartado, entre ese miembro compensador y una ECC.
3)
«Miembro compensador»: un miembro compensador según se define en el artículo 2, punto 14, del Reglamento (UE) no 648/2012.
4)
«Cliente»: un cliente según se define en el artículo 2, punto 15, del Reglamento (UE) no 648/2012, o una empresa que haya establecido acuerdos de compensación indirecta con un miembro compensador, de conformidad con el artículo 4, apartado 3, del citado Reglamento.
5)
«Operaciones en efectivo»: las operaciones en efectivo o con instrumentos de deuda y acciones, las operaciones al contado sobre divisas o al contado sobre materias primas; no obstante, las operaciones de recompra, las operaciones de préstamo de valores o materias primas y las operaciones de toma en préstamo de valores o materias primas no se considerarán operaciones en efectivo.
6)
«Acuerdo de compensación indirecto»: un acuerdo que cumpla las condiciones establecidas en el artículo 4, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.o 648/2012.
7)
«Cliente de nivel superior»: una entidad que presta servicios de compensación a un cliente de nivel inferior.
8)
«Cliente de nivel inferior»: una entidad que accede a los servicios de una ECC a través de un cliente de nivel superior.
9)
«Estructura de clientes multinivel»: un acuerdo de compensación indirecto en virtud del cual una entidad que no sea un miembro compensador, sino que sea, a su vez, cliente de un miembro compensador o de un cliente de nivel superior, presta servicios de compensación a una entidad.
10)
«Contribución no financiada a un fondo para impagos»: una contribución que una entidad que actúe como miembro compensador se haya comprometido por contrato a aportar a una ECC, una vez que esta haya agotado su fondo para impagos, para cubrir las pérdidas que haya sufrido a raíz del impago de uno o varios de sus miembros compensadores.
11)
«Operación de préstamo o toma en préstamo de depósitos plenamente garantizada»: una operación del mercado monetario plenamente cubierta por garantías reales en la que dos contrapartes se intercambian depósitos y una ECC interviene entre ellas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de pago de dichas contrapartes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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