+Artículo 325quinvicies 1.
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Artículo 325quinvicies 1.
Las entidades calcularán los importes netos de impago súbito compensando entre sí los importes brutos de impago súbito de las exposiciones cortas y de las exposiciones largas. La compensación solo será posible entre exposiciones frente a un mismo deudor y cuando las exposiciones cortas tengan igual o menor prelación que las exposiciones largas.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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