+Artículo 382bis 3.

Artículo 382bis 3.

Las entidades podrán utilizar una combinación de los métodos a que se refiere el apartado 1, letras a) y b), para calcular los requisitos de fondos propios por riesgo de AVC de forma permanente en relación con:

a) 

diferentes contrapartes;

b) 

diferentes conjuntos de operaciones compensables admisibles con la misma contraparte;

c) 

diferentes operaciones del mismo conjunto de operaciones compensables admisible, siempre que se satisfaga cualquiera de las condiciones a que se refiere el apartado 5.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito