+Artículo 386 4.
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Artículo 386 4.
Las posiciones en instrumentos de cobertura tomadas con terceros que se reconozcan como coberturas admisibles de conformidad con los apartados 1, 2 y 3 y que se incluyan en el cálculo de los requisitos de fondos propios por riesgo de AVC no estarán sujetas a los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado establecidos en el título IV.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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