+Artículo 428ter 3.

Artículo 428ter 3.

Cuando, en un momento dado, la ratio de financiación estable neta de una entidad haya caído por debajo del 100 %, o pueda preverse razonablemente que caerá por debajo del 100 %, se aplicará el requisito establecido en el artículo 414. La entidad deberá procurar restablecer su ratio de financiación estable neta en el nivel mencionado en el apartado 2 del presente artículo. Las autoridades competentes evaluarán las razones por las que la entidad incumple el apartado 2 del presente artículo antes de tomar cualquier medida de supervisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito