+Artículo 428duodecies 3.

Artículo 428duodecies 3.

Los siguientes pasivos y elementos o instrumentos de capital estarán sujetos a un factor de financiación estable disponible del 0 %:

▼M8

a) 

los importes pendientes de pago en la fecha de la operación a raíz de compras de instrumentos financieros, divisas o materias primas que se prevea liquidar dentro del ciclo de liquidación estándar o el período que sea habitual para la bolsa o tipo de operación pertinente, o cuya liquidación no haya podido realizarse aún pero se siga considerando previsible;

b) 

los pasivos que estén clasificados como interdependientes con activos de conformidad con el artículo 428 septies;

c) 

los pasivos que tengan un vencimiento residual inferior a seis meses procedentes de:

i) 

el BCE o el banco central de un Estado miembro,

ii) 

el banco central de un tercer país,

iii) 

clientes financieros;

d) 

cualesquiera otros pasivos y elementos o instrumentos de capital no contemplados en los artículos 428 terdecies a 428 sexdecies.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito