+Artículo 428bis terdecies 1.

Artículo 428bis terdecies 1.

Salvo disposición en contrario de la presente sección, todos los pasivos sin vencimiento determinado, incluidas las posiciones cortas y las posiciones con plazo de vencimiento abierto, estarán sujetos a un factor de financiación estable disponible del 0 %, con excepción de los siguientes:

a) 

los pasivos por impuestos diferidos, que deberán tratarse conforme a la fecha más cercana posible en la cual dichos pasivos podrían realizarse;

b) 

los intereses minoritarios, que deberán tratarse conforme al plazo del instrumento.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito