+Artículo 428bis octodecies 5.

Artículo 428bis octodecies 5.

Cuando una entidad reutilice o vuelva a pignorar un activo tomado en préstamo, incluso en operaciones de financiación de valores, y que se contabiliza fuera de balance, la operación mediante la cual dicho activo se ha tomado en préstamo se tratará como una operación con cargas en la medida en que la operación no pueda llegar a vencimiento sin que la institución restituya el activo tomado en préstamo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito