+Artículo 518ter Comunicación de excesos y facultades de supervisión para limitar las distribuciones

Artículo 518ter Comunicación de excesos y facultades de supervisión para limitar las distribuciones

Artículo 518 ter

Comunicación de excesos y facultades de supervisión para limitar las distribuciones

A más tardar el 31 de diciembre de 2021, la Comisión comunicará al Parlamento Europeo y al Consejo si las circunstancias excepcionales que dan lugar a perturbaciones económicas graves que afectan al correcto funcionamiento y la integridad de los mercados financieros justifican:

a) 

en esos períodos, que se permita a las autoridades competentes excluir de los modelos internos de riesgo de mercado de las entidades los excesos que no resulten de deficiencias de dichos modelos;

b) 

en esos períodos, que se atribuyan otras facultades vinculantes a las autoridades competentes para imponer restricciones a las distribuciones que efectúen las entidades en esos períodos.

La Comisión estudiará otras medidas, si fuese conveniente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito