+13. Las autoridades competentes evaluarán si se deben designar más entidades pertinentes como OEIS …

13. Las autoridades competentes evaluarán si se deben designar más entidades pertinentes como OEIS …

Las autoridades competentes evaluarán si se deben designar más entidades pertinentes como OEIS en función de las puntuaciones de los indicadores de cualquier categoría y/o en los indicadores adicionales cualitativos y/o cuantitativos de importancia sistémica. Las autoridades competentes seleccionarán los indicadores que consideran que reflejan de forma adecuada el riesgo sistémico de su sector doméstico o la economía de la Unión. Las autoridades competentes no designarán a una entidad pertinente como OEIS si su puntuación no supera los 4,5 puntos básicos. Las autoridades competentes podrán evaluar a las entidades o subgrupos pertinentes en base consolidada, subconsolidada o individual, según proceda.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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