+13. Las autoridades competentes evaluarán si se deben designar más entidades pertinentes como OEIS …
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13. Las autoridades competentes evaluarán si se deben designar más entidades pertinentes como OEIS …
Las autoridades competentes evaluarán si se deben designar más entidades pertinentes como OEIS en función de las puntuaciones de los indicadores de cualquier categoría y/o en los indicadores adicionales cualitativos y/o cuantitativos de importancia sistémica. Las autoridades competentes seleccionarán los indicadores que consideran que reflejan de forma adecuada el riesgo sistémico de su sector doméstico o la economía de la Unión. Las autoridades competentes no designarán a una entidad pertinente como OEIS si su puntuación no supera los 4,5 puntos básicos. Las autoridades competentes podrán evaluar a las entidades o subgrupos pertinentes en base consolidada, subconsolidada o individual, según proceda.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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