+11. Salvo disposición en contrario, los términos utilizados y definidos en la Directiva 2014/49/UE …

11. Salvo disposición en contrario, los términos utilizados y definidos en la Directiva 2014/49/UE …

Salvo disposición en contrario, los términos utilizados y definidos en la Directiva 2014/49/UE tienen idéntico significado en estas directrices. Adicionalmente, a los efectos de las presentes directrices se aplicarán las definiciones que siguen:

"SGD de origen"el SGD entidad arregloestablecido en el Estado miembro en el cual una de crédito adherida haya sido autorizada con al artículo 8 de la Directiva 2013/36/UE.
"SGD de acogida"el SGD territorio otro Estado Directivaestablecido en el Estado miembro en cuyo una entidad de crédito adherida, autorizada en miembro con arreglo al artículo 8 de la 2013/36/UE, haya establecido una sucursal.
"Entidad de crédito adherida"una entidadde crédito adscrita a un SGD.
"SGD pertinentes"los SGD de las siguientes (i) (ii) (iii)en relación con los cuales se produzca cualquiera situaciones: una sucursal de una entidad de crédito adherida al SGD de origen se ha establecido en el territorio del Estado miembro del SGD de acogida; una entidad de crédito adscrita a un SGD deja de estar adherida al mismo para adscribirse a otro SGD; o la legislación nacional por la que se traspone la Directiva relativa a SGD en la jurisdicción de un SGD que presta fondos a otro SGD contempla esta posibilidad de préstamo.

"Registro de información por depositante (SCV)" el archivo que contiene la información

individual los reembolsos total dede cada depositante necesaria para preparar a los depositantes, incluido el importe los depósitos admisibles de cada depositante.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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