+5. Las presentes Directrices, elaboradas de conformidad con el artículo 107, apartado 3, de la …
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5. Las presentes Directrices, elaboradas de conformidad con el artículo 107, apartado 3, de la …
Las presentes Directrices, elaboradas de conformidad con el artículo 107, apartado 3, de la Directiva 2013/36/UE2 , tienen por objeto lograr la convergencia de las prácticas de supervisión en la evaluación del riesgo de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el marco del proceso de revisión y evaluación supervisora (PRES) mencionado en el artículo 97 de la Directiva 2013/36/UE, y que se detalla de manera más pormenorizada en las Directrices de la ABE sobre procedimientos y metodologías comunes para el proceso de revisión y evaluación supervisora (PRES)3 . En particular, las presentes Directrices especifican los criterios de evaluación que las autoridades competentes deberían aplicar en la evaluación supervisora del gobierno y la estrategia en materia de TIC de las entidades y en la evaluación supervisora de las exposiciones al riesgo de TIC y los controles correspondientes de las entidades. Las presentes Directrices forman parte integrante de las Directrices de la ABE sobre el PRES.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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