+43. Al evaluar el impacto potencial de los riesgos de TIC en los sistemas y servicios de TIC …
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43. Al evaluar el impacto potencial de los riesgos de TIC en los sistemas y servicios de TIC …
Al evaluar el impacto potencial de los riesgos de TIC en los sistemas y servicios de TIC críticos de la entidad, las autoridades competentes tendrán en cuenta: - a. El impacto financiero, incluyendo (entre otros) la pérdida de fondos o activos, las posibles compensaciones a clientes, los costes legales y de reparación, los daños y perjuicios contractuales, la pérdida de ingresos;
- b. La probabilidad de interrupción del negocio, considerando (entre otros aspectos) la criticidad de los servicios financieros afectados; el número de clientes o sucursales y de empleados potencialmente afectados;
- c. El impacto potencial sobre la reputación de la entidad en función de la criticidad del servicio bancario o de la actividad operativa afectada (por ejemplo, el robo de datos de clientes); el perfil/visibilidad externa de los sistemas y servicios de TIC afectados (por ejemplo, sistemas bancarios móviles o por internet, puntos de venta, cajeros automáticos o sistemas de pago);
- d. El impacto regulatorio, incluida la probabilidad de censura pública por parte del regulador, multas o incluso la modificación de los permisos.
- e. El impacto estratégico en la entidad, por ejemplo, si se comprometen o roban los planes estratégicos de producto o de negocio.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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