+79. La divulgación de información sobre la gestión de los riesgos financieros y de crédito se …

79. La divulgación de información sobre la gestión de los riesgos financieros y de crédito se …

La divulgación de información sobre la gestión de los riesgos financieros y de crédito se realizará de acuerdo con los marcos contables y de supervisión aplicables12 . Las entidades de crédito divulgarán la información necesaria para ofrecer una imagen fiel de su exposición al riesgo de crédito, incluidas sus estimaciones de las pérdidas crediticias esperadas, y para proporcionar información relevante sobre las prácticas de concesión de riesgos de la entidad.


12 De conformidad con la parte Octava del Reglamento (UE) n.º 575/2013, las Directrices GL/2016/11 de la ABE sobre los requerimientos de divulgación con arreglo a dicha parte Octava y las Directrices EBA GL/2014/14 sobre materialidad, información propia y confidencialidad y sobre la frecuencia de divulgación de la información según el artículo 432, apartados 1 y 2, y el artículo 433 del Reglamento (UE) n.º 575/2013. 13 Véanse los apartados 89 y 90 en la siguiente sección para obtener más orientación sobre la definición de impago.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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