+79. La divulgación de información sobre la gestión de los riesgos financieros y de crédito se …
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79. La divulgación de información sobre la gestión de los riesgos financieros y de crédito se …
La divulgación de información sobre la gestión de los riesgos financieros y de crédito se realizará de acuerdo con los marcos contables y de supervisión aplicables12 . Las entidades de crédito divulgarán la información necesaria para ofrecer una imagen fiel de su exposición al riesgo de crédito, incluidas sus estimaciones de las pérdidas crediticias esperadas, y para proporcionar información relevante sobre las prácticas de concesión de riesgos de la entidad.
12 De conformidad con la parte Octava del Reglamento (UE) n.º 575/2013, las Directrices GL/2016/11 de la ABE sobre los requerimientos de divulgación con arreglo a dicha parte Octava y las Directrices EBA GL/2014/14 sobre materialidad, información propia y confidencialidad y sobre la frecuencia de divulgación de la información según el artículo 432, apartados 1 y 2, y el artículo 433 del Reglamento (UE) n.º 575/2013. 13 Véanse los apartados 89 y 90 en la siguiente sección para obtener más orientación sobre la definición de impago.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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