+122. Las entidades de crédito vigilarán cualquier posibilidad de que se introduzcan sesgos que …

122. Las entidades de crédito vigilarán cualquier posibilidad de que se introduzcan sesgos que …

Las entidades de crédito vigilarán cualquier posibilidad de que se introduzcan sesgos que impidan que se cumplan los objetivos de la NIIF 9. En los casos en que las entidades consideren que su enfoque puede haber introducido un sesgo, modificarán su evaluación respecto del sesgo identificado y de este modo asegurarán el cumplimiento del objetivo de la Norma (véanse en particular los apartados B5.5.1 a B5.5.6 de la NIIF 9).

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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