+63. Para que los ratings internos o externos de un tercero sean incorporados al modelo de PD, las …
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63. Para que los ratings internos o externos de un tercero sean incorporados al modelo de PD, las …
Para que los ratings internos o externos de un tercero sean incorporados al modelo de PD, las entidades se asegurarán de que se cumplen todas las condiciones siguientes: - (a) el rating del tercero cumple con todos los requisitos aplicables a los factores de riesgo relevantes establecidos en la sección 5.2.2;
- (b) el modelo refleja debidamente otras características de riesgo del deudor y de la operación conforme al artículo 170, apartado 1, letra a), y apartado 3, letra a), del Reglamento (UE)
- n. o 575/2013, y no se introduce ningún sesgo material como consecuencia del elevado peso de la información relacionada con los ratings internos o externos;
- (c) no hay un doble cómputo de los efectos derivados de cualquier relación con terceros.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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