+90. Las entidades deberán medir regularmente, como mínimo cada trimestre y con mayor frecuencia …
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90. Las entidades deberán medir regularmente, como mínimo cada trimestre y con mayor frecuencia …
Las entidades deberán medir regularmente, como mínimo cada trimestre y con mayor frecuencia durante los períodos de mayor volatilidad de los tipos de interés o de mayores niveles de IRRBB, su exposición al IRRBB en términos de variaciones del valor económico y de los resultados en diversos escenarios de perturbación de los tipos de interés para detectar posibles cambios en el nivel y la forma de las curvas de tipos, así como a cambios en la relación entre los diferentes tipos de interés (es decir, riesgo de base).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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