+103. Las entidades de crédito definirán y vigilarán los indicadores básicos de rendimiento …

103. Las entidades de crédito definirán y vigilarán los indicadores básicos de rendimiento …

Las entidades de crédito definirán y vigilarán los indicadores básicos de rendimiento correspondientes a las NPE. Estos indicadores incluirán, entre otras cosas (véase también el anexo 2):

  • a) indicadores de NPE;
  • b) interacciones con los prestatarios y recobro de cantidades en efectivo;
  • c) actividades de reestructuración y refinanciación;
  • d) actividades de liquidación;
  • e) otros aspectos, como partidas de pérdidas y ganancias relacionadas con las NPE, activos adjudicados y actividades de externalización.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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