+103. Las entidades de crédito definirán y vigilarán los indicadores básicos de rendimiento …
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103. Las entidades de crédito definirán y vigilarán los indicadores básicos de rendimiento …
Las entidades de crédito definirán y vigilarán los indicadores básicos de rendimiento correspondientes a las NPE. Estos indicadores incluirán, entre otras cosas (véase también el anexo 2): - a) indicadores de NPE;
- b) interacciones con los prestatarios y recobro de cantidades en efectivo;
- c) actividades de reestructuración y refinanciación;
- d) actividades de liquidación;
- e) otros aspectos, como partidas de pérdidas y ganancias relacionadas con las NPE, activos adjudicados y actividades de externalización.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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