+35. Se considerará que una originadora o un prestamista original posee la competencia técnica …
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35. Se considerará que una originadora o un prestamista original posee la competencia técnica …
Se considerará que una originadora o un prestamista original posee la competencia técnica necesaria cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes: - (a) la actividad de la entidad, o del grupo consolidado al que pertenece la entidad a efectos contables o prudenciales, ha incluido originar exposiciones similares a las titulizadas durante al menos cinco años;
- (b) en los casos en que no se cumpla el requisito que se menciona en la letra a), se considerará que la originadora o el prestamista original poseen la competencia técnica necesaria cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:
- (i) al menos dos de los miembros del órgano de dirección tienen una experiencia profesional relevante en originar exposiciones similares a las titulizadas, a nivel personal, de al menos cinco años;
- (ii) el personal de rango superior, distinto de los miembros del órgano de dirección, responsable de gestionar el proceso de la entidad de originar exposiciones similares a las titulizadas tiene una experiencia profesional relevante en originar exposiciones de naturaleza similar a las titulizadas, a nivel personal, de al menos cinco años.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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