+20. Las entidades obtendrán un dictamen jurídico que confirme la eficacia y la validez jurídica del …
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20. Las entidades obtendrán un dictamen jurídico que confirme la eficacia y la validez jurídica del …
Las entidades obtendrán un dictamen jurídico que confirme la eficacia y la validez jurídica del acuerdo sobre garantía real en todas las jurisdicciones pertinentes a los efectos del apartado 17. Este dictamen jurídico: - (a) se elaborará, como mínimo, para cada tipo de acuerdo sobre garantía real; y
- (b) será emitido por escrito por un asesor jurídico. Cuando el asesor jurídico sea un empleado de la entidad, deberá ser independiente del proceso de decisión crediticia responsable de la concesión o la renovación de las exposiciones en cuestión.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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