+26. Las entidades podrán reconocer los efectos de reducción del riesgo de crédito de las coberturas …
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26. Las entidades podrán reconocer los efectos de reducción del riesgo de crédito de las coberturas …
Las entidades podrán reconocer los efectos de reducción del riesgo de crédito de las coberturas del riesgo de crédito con garantías reales o instrumentos similares que no sean acuerdos marco de compensación ni acuerdos de compensación de operaciones de balance según lo especificado en el apartado 12 a los efectos del artículo 181, apartado 1, letras c) a g), del Reglamento (UE) n.º 575/2013.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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