+137. Las entidades valorarán cualquier garantía real que se utilice para mitigar el riesgo, tomando …
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137. Las entidades valorarán cualquier garantía real que se utilice para mitigar el riesgo, tomando …
Las entidades valorarán cualquier garantía real que se utilice para mitigar el riesgo, tomando como referencia los requisitos relativos a las garantías reales descritos en el apetito, las políticas y los procedimientos de riesgo de crédito de la entidad, incluida la tasación y la titularidad; además, comprobarán toda la documentación pertinente (p. ej., si el bien en cuestión está inscrito en los registros adecuados).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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