+205. Las entidades implantarán herramientas para el estudio de operaciones ex ante y llevarán a …

205. Las entidades implantarán herramientas para el estudio de operaciones ex ante y llevarán a …

Las entidades implantarán herramientas para el estudio de operaciones ex ante y llevarán a cabo un seguimiento periódico ex post , relacionando el riesgo de una operación, su precio y su rentabilidad global prevista a un nivel adecuado, incluidas las líneas de negocio y las líneas de productos. Deberán notificarse y justificarse adecuadamente todas las operaciones significativas en las que no se cubran los costes, en consonancia con las políticas y procedimientos establecidos por la entidad. El proceso de seguimiento debe aportar información útil para evaluar la adecuación del método general de fijación de precios desde la perspectiva de negocio y de riesgos. En caso necesario, las entidades adoptarán medidas para garantizar el cumplimiento de sus objetivos y de su apetito al riesgo.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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