+15.7.2 Ajustes implícitos
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15.7.2 Ajustes implícitos
298.Las entidades utilizarán para la remuneración variable instrumentos en los que el precio reaccione ante los cambios en los resultados o el riesgo de la entidad. La evolución del precio de las acciones o del precio de otros instrumentos no se considerará un sustituto de los ajustes ex post al riesgo explícitos. 299.El personal deberá poder recibir el importe debido cuando se le hayan concedido instrumentos y, tras los periodos de diferimiento y de retención, los venda o se le paguen en efectivo a su vencimiento final. El importe puede ser mayor que el concedido inicialmente si el precio de mercado o el valor razonable del instrumento se ha incrementado.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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