+170. Las tareas operativas de las funciones de control interno pueden externalizarse, teniendo en …
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170. Las tareas operativas de las funciones de control interno pueden externalizarse, teniendo en …
Las tareas operativas de las funciones de control interno pueden externalizarse, teniendo en cuenta los criterios de proporcionalidad enumerados en el título I, a la entidad en base consolidada o a otra entidad dentro o fuera del grupo con el consentimiento de los órganos de dirección de las entidades afectadas. Incluso cuando las tareas operativas de control interno se externalicen total o parcialmente, el responsable de la función de control interno correspondiente y el órgano de dirección seguirán siendo responsables de estas actividades y de mantener una función de control interno dentro de la entidad.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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