+53. El comité de riesgos estará presidido, en la medida de lo posible, por un miembro …

53. El comité de riesgos estará presidido, en la medida de lo posible, por un miembro …

El comité de riesgos estará presidido, en la medida de lo posible, por un miembro independiente. Los miembros del comité de riesgos deberían tener, individualmente y en su conjunto, los conocimientos, las competencias y la experiencia adecuados en relación con, respectivamente, el proceso de selección y los requisitos de idoneidad, así como con las prácticas de gestión y control de riesgos. En todas las empresas de servicios de inversión, el presidente del comité de riesgos no debería presidir, en la medida de lo posible, el órgano de dirección ni ningún otro comité.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/