+129. Las autoridades competentes revisarán las evaluaciones de las empresas de servicios de …
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129. Las autoridades competentes revisarán las evaluaciones de las empresas de servicios de …
Las autoridades competentes revisarán las evaluaciones de las empresas de servicios de inversión sobre las fluctuaciones económicas cíclicas, si procede, en forma de pruebas de resistencia o análisis de sensibilidad, así como sus resultados. En caso de que, sobre la base de dicha revisión, las evaluaciones de la empresa de servicios de inversión sobre los efectos de las fluctuaciones económicas cíclicas sean lo suficientemente fiables, los resultados de dicha revisión se utilizarán en la evaluación de diversos elementos del PRES, en particular: - a. se tendrá en cuenta la identificación de posibles deficiencias en los procedimientos de gobernanza generales o en los controles globales identificados durante la revisión;
- b. la identificación de las vulnerabilidades relevantes del negocio que deben tenerse en cuenta a la hora de evaluar la viabilidad del modelo de negocio de las empresas de servicios de inversión y la sostenibilidad de sus estrategias de acuerdo con lo dispuesto en el título 4;
- c. las autoridades competentes tendrán en cuenta las posibles vulnerabilidades o debilidades en la gestión y los controles del riesgo en áreas de riesgo individuales identificadas durante la revisión cuando evalúen los riesgos individuales para el capital a los que se refiere el título 6, o los riesgos de liquidez a los que se refiere el título 8; y
- d. la posible determinación de la recomendación de fondos propios adicionales (P2G), la planificación revisada del capital y otras medidas, tal como se describen en los títulos 7 y 10.
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1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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