+283. Las autoridades competentes desarrollarán y aplicarán estimaciones supervisoras de referencia …

283. Las autoridades competentes desarrollarán y aplicarán estimaciones supervisoras de referencia …

Las autoridades competentes desarrollarán y aplicarán estimaciones supervisoras de referencia para cada riesgo específico como forma de contrastar los cálculos del ICAAP para los riesgos materiales, o elementos de tales riesgos, que no están contemplados o no están suficientemente contemplados en las partes tercera y cuarta del Reglamento (UE) 2019/2033, o para apoyar aún más la determinación de los requisitos de fondos propios adicionales categoría por categoría de riesgo y, preferiblemente, riesgo por riesgo, cuando se considere que los cálculos del ICAAP para esos riesgos materiales, o elementos de los mismos, no son fiables o no están disponibles.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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