+37. Las autoridades competentes tendrán en cuenta, cuando proceda y esté disponible, el análisis de …
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37. Las autoridades competentes tendrán en cuenta, cuando proceda y esté disponible, el análisis de …
Las autoridades competentes tendrán en cuenta, cuando proceda y esté disponible, el análisis de grupos de entidades comparables con el fin de facilitar, entre otras cosas: - a. la comparación entre entidades del tipo de opciones de recuperación que se aplicarán en los distintos escenarios, identificando así si una entidad ha pasado por alto algunos tipos específicos de opciones;
- b. la comparación, en el grupo de entidades comparables, del impacto financiero esperado de cada tipo de opción de recuperación en diferentes escenarios de tensión;
- c. la comparación entre entidades del tiempo esperado necesario para aplicar una opción de recuperación y para que se materialicen sus beneficios;
- d. la comparación entre entidades de los impedimentos esperados y las medidas preparatorias para cada tipo de opción de recuperación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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