+Objeto
---+5. Las presentes directrices cumplen el mandato encomendado a la ABE en virtud del artículo 9 …
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Objeto
Objeto
1. Resumen
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Regulación |
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5. Las presentes directrices cumplen el mandato encomendado a la ABE en virtud del artículo 9 …
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Las presentes directrices cumplen el mandato encomendado a la ABE en virtud del artículo 9, apartado 1, de la Directiva (UE) 2021/2167 de elaborar directrices dirigidas a las autoridades competentes para establecer y mantener listas o registros nacionales de administradores de créditos autorizados. En ellas se especifican el contenido, los requisitos de accesibilidad y los plazos para actualizar las listas o los registros nacionales de administradores de créditos autorizados, a fin de promover la igualdad de condiciones en toda la Unión y la transparencia para los compradores de créditos y los prestatarios. A efectos de las presentes directrices, se proporciona una plantilla combinada para a) las notificaciones entre las autoridades competentes en relación con la lista o el registro y b) las notificaciones en virtud del artículo 13, apartado 3, de la Directiva (UE) 2021/2167, ya que algunos elementos de las listas o los registros dependen de que se presente toda la información contenida en ellos.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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