+21. Además, los emisores velarán por que las medidas previstas en su plan de recuperación sean …
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21. Además, los emisores velarán por que las medidas previstas en su plan de recuperación sean …
Además, los emisores velarán por que las medidas previstas en su plan de recuperación sean coherentes con los requisitos del plan de respuesta y recuperación en el ámbito de las TIC, así como con otras partes pertinentes de la gestión de los riesgos de TIC establecidas en el Reglamento (UE) 2022/25543 , cuando los emisores pertinentes también estén sujetos a esos requisitos. Indicadores del plan de recuperación y umbrales de seguimiento
3 Reglamento (UE) 2022/2554 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.° 1060/2009, (UE) n.° 648/2012, (UE) n.° 600/2014, (UE) n.° 909/2014 y (UE) 2016/1011 (DO L 333 de 27.12.2022, p. 1).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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