+23. En consonancia con los criterios generales establecidos en los apartados 15 a 21, las …
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23. En consonancia con los criterios generales establecidos en los apartados 15 a 21, las …
En consonancia con los criterios generales establecidos en los apartados 15 a 21, las actividades de arrendamiento operativo se considerarán auxiliares a las actividades bancarias en cualquiera de las siguientes situaciones ilustrativas: - a. el arrendamiento de activos se proporciona a entidades o a entidades fi nancieras dentro o fuera del grupo (por ejemplo, arrendamiento de edi fi cios o locales);
- b. el arrendamiento de activos se complementa con la oferta y venta, de forma recurrente, de productos o de servicios bancarios al arrendatario a través de una entidad o de una entidad fi nanciera del grupo (por ejemplo, cuentas corrientes o servicios de pago), o
- c. el arrendamiento de activos depende en gran medida de las actividades bancarias, incluidas las situaciones en las que la empresa:
- i. depende signi fi cativamente de productos o de servicios bancarios pertinentes proporcionados por una entidad o por una entidad fi nanciera del grupo. Por ejemplo, cuando: i) la iniciación y tramitación de contratos dependen de la evaluación del riesgo de crédito realizada por una entidad o por una entidad fi nanciera del grupo, o ii) el cobro de los pagos realizados en el marco del arrendamiento —o cualquier acción para recuperar los créditos de arrendamiento operativo o los activos subyacentes— es gestionado por una entidad o por una entidad fi nanciera del grupo, o
- ii. depende en gran medida de la fi nanciación proporcionada por entidades o por entidades fi nancieras del grupo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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