+Definiciones
---+8. Salvo que se indique lo contrario, los términos utilizados y definidos en el Reglamento (UE) n.º …

Definiciones

Definiciones

1. Resumen

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Título Regulación
8. Salvo que se indique lo contrario, los términos utilizados y definidos en el Reglamento (UE) n.º …

Salvo que se indique lo contrario, los términos utilizados y definidos en el Reglamento (UE) n.º 575/2013 tendrán el mismo significado en estas directrices. Serán también de aplicación las definiciones siguientes:

Exposición minorista admisibleCualquier exposición que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 123, apartado 1, letras a), b) y d), del Reglamento (UE) n.º 575/2013.
Exposición titulizadaCualquier exposición subyacente a una titulización en relación con la cual las exposiciones derivadas de una posición en dicha titulización reciben una ponderación por riesgo con arreglo a la parte tercera, título II, capítulo 5, del Reglamento (UE) n.º 575/2013.
Exposición no titulizadaCualquier exposición ponderada por riesgo con arreglo a la parte tercera, título II, capítulo 2, del Reglamento (UE) n.º 575/2013. Para mayor claridad, están incluidas las exposiciones que forman parte de una cartera titulizada en la que no se ha logrado una transferencia significativa del riesgo.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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