+12. Una exposición minorista admisible se considerará una exposición minorista admisible de gran …

12. Una exposición minorista admisible se considerará una exposición minorista admisible de gran …

Una exposición minorista admisible se considerará una exposición minorista admisible de gran cuantía cuando el cociente entre su valor de exposición y la suma de los valores de exposición de todas las exposiciones minoristas admisibles de la entidad supera el umbral del 0,2 %. Con el fin de identificar las exposiciones minoristas admisibles de gran cuantía, la entidad tratará las exposiciones minoristas admisibles frente a un cliente o a un grupo de clientes vinculados entre sí, según proceda, como una única exposición, sumando sus valores de exposición.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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