+40. A efectos del artículo 4 bis , apartado 3, letra b), inciso iii), de la Directiva 2013/36/UE …

40. A efectos del artículo 4 bis , apartado 3, letra b), inciso iii), de la Directiva 2013/36/UE …

A efectos del artículo 4 bis , apartado 3, letra b), inciso iii), de la Directiva 2013/36/UE, las «actividades de representación de intereses y defensa de intereses» deberían incluir cualquier actividad profesional realizada con el objeto de influir, directa o indirectamente, en los procesos de adopción de decisiones de la autoridad competente, en la aplicación de dichas decisiones y en cualquier otra actividad comprendida en el ámbito de competencias de la autoridad competente de conformidad con la Directiva 2013/36/UE o, en el caso del Banco Central Europeo, con el Reglamento (UE) n.º 1024/2013, o en la percepción pública de la autoridad competente. No deberían considerarse «actividades de representación de intereses y defensa de intereses» las adscripciones temporales o suspensiones de la relación laboral no retribuidas que conlleven puestos en ministerios nacionales u otros organismos públicos, así como en instituciones, agencias u organismos de la UE.

A estos efectos:

  • a) «influir directamente» significa ejercer influencia mediante contacto o comunicación directos con la autoridad competente o mediante cualquier otra actuación de seguimiento relacionada con dichas actividades; y
  • b) «influir indirectamente» significa ejercer influencia a través de canales intermedios, como los medios de comunicación, la opinión pública, conferencias o actos sociales, dirigidos a la autoridad competente.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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